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Funciones del Administrador de Fincas y del Presidente

NUESTRO PRODUCTO ESTRELLA:  LOS MOROSOS

Este programa permite a las Comunidades de Propietarios poder utilizar los servicios de ANGELES ABOGADOS, mediante asesoramiento técnico jurídico del despacho de abogados, para gestionar el recobro de las deudas de comuneros en situación de mora, sin coste para la Comunidad de Propietarios. La operativa de este programa es la siguiente:· La Comunidad de propietarios, por el mero hecho de ser cliente de ANGELES ABOGADOS, podrá solicitar el inicio de las acciones judiciales (Procedimiento Monitorio), con la mera comunicación y el depósito (mediante ingreso bancario) de 60€ + I.V.A en concepto de Apertura de Expediente (gastos de tramitación, Burofax, Notas registrales, etc…).· Una vez el demandado haya depositado, pagado, o consignado el importe principal y los gastos solicitados, ANGELES ABOGADOS entregará la cuantía a la Comunidad de Propietarios, descontando de la misma, los honorarios profesionales por la intervención judicial menos los 60€ entregados al inicio del proceso, y comprometiéndose ANGELES ABOGADOS a iniciar la tasación de costas del procedimiento, para que el demandado haga el abono de las mismas a nombre de la Comunidad de Propietarios. De este modo, al final de procedimiento, la Comunidad obtiene el reintegro del principal,intereses y costas. Si existiese oposición al monitorio con apertura del procedimiento posterior, o ejecución detítulos judiciales (ejecución de la sentencia) el proceso de cobro de honorarios sería el mismo,con la excepción de que en el segundo procedimiento, si el Juzgado de turno NO otorgase imposición de costas, se minutaría al 50% de Baremo de honorarios a la Comunidad de Propietarios.La comunidad también puede optar, por que sea, su compañía de Seguros, la que abone loshonorarios, a través de la cobertura de defensa jurídica con libre designación de Abogado.


En Propiedad Horizontal

  • Confección de Presupuesto anual. Solicitamos diversos presupuestos para los servicios de la finca, los cuales se comentarán con la comunidad para posteriormente contratar las mejores opciones.
  • Gestión integral de recibos. Domiciliados y no domiciliados, ordinarios y extraordinarios.
  • Gestión de siniestros con la aseguradora del edificio.
  • Distribución del Presupuesto en función de los coeficientes.
  • Reclamación y seguimiento de impagados.
  • Reclamaciones a la Promotora, Constructora.
  • Asistencia a las Juntas Generales.
  • Preparación del acta de la Junta General Ordinaria y de las Extraordinarias. Funciones de secretario de la comunidad (guarda y custodia de documentación de la comunidad).
  • Pase de dichas actas al Libro de Actas Oficial.
  • Asesoramiento verbal de las distintas cuestiones que precisen.
  • Convocatoria y Junta General de Constitución de la comunidad.
  • Obtención del C.I.F. de la comunidad y diligencia del libro de actas

 

Documentación que deberá solicitar el promotor
  • Escritura de división horizontal y obra nueva. Estatutos.
  • Certificado final de obra.
  • Proyecto final de obra, memoria,...
  • Boletines de instalaciones eléctricas.
  • Licencia de actividades y funcionamiento de las instalaciones.
  • Libro del edificio.
  • Contratos de suministros.
  • Datos de propietarios.
  • Contratación de empresas de mantenimiento y suministros.
  • Confección de presupuesto inicial estimado de la comunidad.
  • Reclamación de todos los repasos y defectos de la finca.
  • Reclamación, si procede, a responsables de vicios ocultos.
  • Encargo de reparaciones urgentes.
  • Ordenar la ejecución de obras aprobadas por la Junta General de Propietarios.
  • Realizar los pagos de obras y suministros efectuados, previa notificación al presidente si son de carácter extraordinario.
  • Solicitud de subvenciones ante los diferentes organismos públicos.

 

En Propiedad Vertical
  • Seleccionar el inquilino.
  • Preparar el contrato de acuerdo con las instrucciones del cliente.
  • Realizar la facturación a su inquilino cada mes, ingresando el importe íntegro del alquiler en su cuenta.
  • Revisar de acuerdo con el contrato firmado, los oportunos incrementos por aplicación del I.P.C.
  • Seguimiento y si fuera necesario reclamación, del pago de las rentas en vía amistosa para la preparación de la reclamación judicial.

 

Funciones del presidente
  • Convocar y presidir las Juntas Generales.
  • Dar el visto bueno a las actas de las Juntas.
  • Avisar al administrador de los desperfectos y averías del edificio.
  • Comunicación al administrador de las molestias y actividades prohibidas según los estatutos y la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Especificar a los operarios in situ, las reparaciones y obras a realizar.

Ahora: ¡¡ Se imagina una junta de propietarios !!

 

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